martes, 14 de junio de 2011

PRINCIPALES INSTITUCIONES ENCARGADAS DEL MEDIO AMBIENTE
La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat)
 Establece como su misión incorporar criterios e instrumentos que aseguren la protección, la conservación y el aprovechamiento de los recursos naturales, así como conformar una política ambiental integral e incluyente. Para ello se propone promover el desarrollo sustentable,  evaluar la política ambiental, conservar los ecosistemas y la biodiversidad del país, detener la pérdida del capital natural y la contaminación, establecer mecanismos de vigilancia para el cumplimiento de la legislación ambiental, y preservar las aguas nacionales
La Comisión Nacional del Agua
(CNA)
Tiene sus antecedentes en la Comisión Nacional de Irrigación creada en 1926, en la Secretaría de Recursos Hidráulicos (1946) y en la Secretaría de Agricultura y Recursos Hidráulicos (1976), y tiene el encargo proteger y administrar el correcto uso del agua, con la colaboración de la sociedad. A la dependencia le corresponde la gestión del suministro del agua potable, del servicio de alcantarillado y el tratamiento de aguas residuales. El recurso natural del agua, además de vital para la población, es uno de los principales insumos de la actividad económica en sectores como la agricultura, la producción de energía o la industria.
 Las gerencias regionales de la CNA  son las encargadas de determinar la disponibilidad del agua, de asegurar la protección de los acuíferos, de otorgar concesiones, asignaciones y permisos, así como atender los daños de inundaciones o de escasez del agua.

Instituto Nacional de Ecología 
(INE)
 El Instituto se encarga además, de impulsar la protección ambiental y promover el uso sustentable de los recursos naturales. El INE desarrolla proyectos de cooperación científica para atender la problemática ambiental del país, así como la conservación y restauración del medio ambiente
Para cumplir sus funciones el INE cuenta con cuatro direcciones generales: de Investigación de Ordenamiento Ecológico y Conservación de los Ecosistemas, de Investigación sobre la Contaminación Urbana, Regional y Global, de Investigación en Política y Economía Ambiental, y del Centro Nacional de Investigación y Capacitación Ambiental
La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente
(Profepa)
 Es el organismo desconcentrado encargado de vigilar el cumplimiento de la normatividad ambiental. Cuenta con cuatro subprocuradurías: de Recursos Naturales, de Auditoría Ambiental, de Inspección Industrial, y la Jurídica, quienes supervisan y evalúan el cumplimiento de las normas  aplicables a la prevención y control de la contaminación ambiental, a la restauración de los recursos naturales, a la preservación y protección de la flora y fauna, así como de sus ecosistemas, la zona federal marítimo-terrestre,  y las áreas naturales protegidas. Además, la Profepa establece políticas y lineamientos administrativos para reducir el impacto ambiental, atiende denuncias por incumplimiento de las disposiciones ambientales y brinda asesoría en asuntos de protección y defensa del ambiente, la vida silvestre y los recursos naturales. Asimismo, cuenta con delegaciones estatales en las 32 entidades de la República.
Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas
 (CONANP)
Es la dependencia encargada de la administración de los fragmentos terrestres o acuáticos del territorio nacional, en donde el ambiente original de los ecosistemas no ha sido alterado significativamente por la actividad del hombre y que producen beneficios ecológicos. Estas áreas están sujetas a regímenes especiales de protección, conservación, restauración y se crean mediante un decreto presidencial. Las actividades que pueden llevarse a cabo en ellas se establecen en la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente y en los programas de ordenamiento ecológico.
El Instituto Mexicano de Tecnología del Agua
(IMTA)
Se encarga de desarrollar la tecnología y capacitar recursos humanos para asegurar el aprovechamiento, manejo y conservación del agua, con la finalidad de contribuir al desarrollo sostenible. Dentro de sus funciones brinda servicios especializados de laboratorio, de asesoría técnica, de elaboración de normas, de información, y de aseguramiento de calidad a los sectores privado y social del país; además, en coordinación con la Secretaría de Educación Pública, imparte estudios de posgrado en las áreas afines al Instituto. Cuenta con 14 laboratorios especializados, un centro de capacitación y un área de educación ambiental.
Comisión Nacional Forestal
(CONAFOR)
Es la dependencia descentralizada encargada de impulsar las actividades productivas, de conservación y restauración en materia forestal, así como de participar en la formulación de los planes y programas de la política de desarrollo forestal sostenible. Además, fomenta la exportación de productos forestales y asesora a organizaciones de  productores

Es el conjunto de principios y normas que regulan los entes locales y tienen validez dentro del territorio nacional de cada país, Ej.: Constitución Nacional, Código Penal, Civil, etc.

Derecho internacional
Consiste en el conjunto de principios y normas que regulan las relaciones de los estados, y otros sujetos de derecho internacional. Son los acuerdos entre estados, como por ejemplo los tratados internacionales, estos deben ser ratificados por cada estado para ponerlo en funcionamiento dentro de su propio territorio.
Decreto ley
es una norma con rango de ley, emanada del poder ejecutivo, sin que necesariamente medie intervención o autorización previa de un Congreso o Parlamento.
En algunos regímenes democráticos se contempla este tipo de norma (por el propio ordenamiento jurídico) para ser dictados en virtud de razones de urgencia, artículo 86 de la CE, no pudiendo afectar a las instituciones básicas del Estado, los derechos, deberes y libertades de los ciudadanos, al régimen de las CCAA ni al Derecho electoral general, (que impiden, por ejemplo, obtener la autorización para un decreto legislativo), pero requieren de convalidación por parte del poder legislativo, habitualmente en un plazo breve. En los países cuya forma de gobierno es la monarquía parlamentaria puede existir una norma análoga, llamada Real Decreto Ley, debido a que el reglamento de mayor rango emitido por el poder ejecutivo en esos sistemas de gobierno recibe el nombre de real decreto.

Ley Orgánica
Una Ley Orgánica es aquella que se requiere constitucionalmente para regular ciertas materias. Se oponen o distinguen de la ley ordinaria a nivel de competencias. Habitualmente para la aprobación de leyes orgánicas son necesarios requisitos extraordinarios como por ejemplo, mayoría absoluta o cualificada.
En los países en donde existe este escalón intermedio entre la Leyes ordinarias o comunes y la Constitución, es normal que se limite la aplicación de las leyes orgánicas a una serie de materias concretas (a este también se le denomina "reserva de Ley orgánica"). El fundamento de esta limitación es doble:
  • Obligar a la regulación con amplia mayoría parlamentaria de ciertas materias muy sensibles.
  • Evitar esa regulación, que es mucho más difícil de modificar, en otro tipo de materias más cambiantes y que necesitan de mayor flexibilidad en su regulación.

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